Bitácora del capitán ADvK...
Fecha estelar 20123.
A raíz de estar buscando una historia seria de los Templarios, terminé topándome con una serie de artículos (algunos los he publicado) y consiguiendo algunas organizaciones "templarias" que operan en España. Me pareció interesante colocar una pequeña muestra de ellas.
En España he encontrado cinco asociaciones "templarias" que me han llamado la atención (extraigo algunas partes de sus páginas para mostrarlas)
ORDO SUPREMUS MILITARIS TEMPLI HIEROSOLYMITANI resumido en Templarios de España
O.S.M.T.H. Espana
No confundir con la OSMTJ (al final del artículo)
Quienes somos
- Somos una asociación benéfica sin ánimo de lucro.
- Nuestros principios templarios como cristianos es la de ayuda a todo ser humano socialmente desplazado o con características físicas o psicológicas que produzcan su marginación de la vida social.
- Fomentamos la cooperación para la restauración y conservación de los enclaves y monumentos históricos de nuestro país.
- La expresión de solidaridad es la máxima que junto al respeto, educación, caballerosidad y las virtudes templarias forman parte de nuestros valores.
Comunicado
-
Comunicado del Preceptor para todo aquél que esté interesado en formar parte del Temple
Como Preceptor me encantaría poder servirte de guía en el proceso de ingreso a la Orden, por lo que espero que te sean de utilidad las siguientes palabras.
Es fácil y no necesariamente costoso ya que nosotros hablamos con hechos, no sólo con palabras. Para iniciar el proceso de ingreso y formación posterior se hace necesario cumplir con un mínimo de condiciones que son:
- Ser cristiano bautizado.
- Mayor de edad.
- Certificado de Penales.
- Compartir y defender los valores fundacionales del cristianismo, tales como la defensa del débil, del oprimido, de la libertad, de la justicia y la unidad indivisible de la Patria.
- Profesar la doctrina cristiana.
Una vez solicitada la afiliación, cumplimentados los documentos que te solicitaremos y aprobada por el Consejo Prioral, llegará el momento de la formación, estudio e interiorización de la real historia del Temple. Tambien habrá otros temas sumamente interesantes, que te llevarán al mismo portal del Templo. Para acceder al siguiente nivel, debes ganarte el derecho y eso, tan sólo se logra mediante méritos, los cuales se adquieren a través de la disciplina, trabajo, esfuerzo y acción social en favor de quien más lo necesita.
Dependiendo de tu trabajo y servicio a los demás y a la Orden, llegará la invitación a ser investido y, si es que esto no llegara, es que no se están haciendo los méritos suficientes para formar parte de la Orden.
No olvides que...
- "La Orden elige a sus caballeros. No al revés".
- "La Orden no se basa en la cantidad, sino en la calidad".
- "A la Orden no se accede con dinero, se gana el derecho con méritos".
- "La Orden, históricamente, se dedica a ayudar a quien nos necesita".
- "Los Caballeros y Damas se construyen en el trabajo, aprendizaje, disciplina y orden".
- "En la Orden no existen atajos, sino caminos, y solo por ellos se puede avanzar".
Nosotros no vendemos diplomas, discursos ni ceremonias.
Todo en la Orden se logra en base a los méritos, de modo que, si alguno ha pensado que el dinero tiene algo que ver aquí, está muy equivocado y creer que un manto blanco, una cruz al cuello… hace al Templario, también está equivocado.
Otro punto importante es que la Orden, no tiene nada que ver con la masonería tradicional ni viene de ella y todo novicio ha de renunciar de forma expresa y escrita a todo género de masonería.
Maneja su propio rito, denominado Rito Templario, y todo aquel que desee incorporarse a la Orden, debe entender ese aspecto y sujetarse a la regla como cualquier miembro; entendiendo que no hacemos distinción por sexo raza o condición.Cada grado permite acceder a determinados niveles de conocimiento, por lo que no será posible saber más de lo que al grado atañe, y la pertenencia, va de la mano de las obras. Si no hay obras, aunque tengas grado, puedes no ser considerado a ahondar en mayores secretos. Todo llega por añadidura y a su debido tiempo, no antes.
LA ORDEN Y LA IGLESIA CATÓLICA
La Orden en la actualidad es soberana; somos católicos y ecuménicos critianos, y para su ingreso se exige creer en Dios. El ateísmo no está permitido en la Orden. Tampoco está excomulgada, ni es excomulgado el miembro pertenece a la Orden.
Un elemento que valoramos mucho en la Orden es el respeto y la honestidad de los miembros.
Dentro de la Orden, no está permitido hacer apología de política ni trato de otros asuntos profanos.
El respeto y la cortesía es de caballeros, y es la mejor forma de comenzar una fraternal amistad.Sin respeto, no hay contacto. En el pedir… antes está el dar. Recuérdalo.
Quedo a tu disposición permanente.
Temple CatólicoOrden de los Pobres Caballeros de Cristo (OPCC)Asociación Privada de Fieles de la Iglesia Católica ASO 106

Calle Espliego, 12
+58 424-8845761
templarioscatolicos@gmail.com
pobrescaballerosdecristo.com
https://www.facebook.com/templecatolico/?view_public_for=1145782805448410
Tienen sedes en varios países
Algunos de sus textos:
Al solicitar tu adhesión a nuestra Orden, entras a través de su “Academia Católica Internacional Pobres Caballeros de Cristo”, instituto de formación de nuestra Orden que es una Asociación Privada de Fieles de la Iglesia Católica.
Somos Pobres Caballeros de Cristo, Católicos, sin otra pretensión que emular a los antiguos "Pobres Caballeros de Cristo del Templo de Jerusalén" en sus virtudes cristianas enfocando estas en la ayuda a nuestro prójimo y al peregrino que busca en su caminar a Jesucristo.
Somos Católicos, por tanto todas esas sectas y demás pseudo-ordenes que proliferan utilizando los símbolos de la Orden, no tienen nada que ver con nosotros, ya que NO somos ni esotéricos, ni brujos, ni masones, ni rosacruces, ni juanistas, ni martinistas, ni agnósticos... y un largo etc. que por desgracia abunda y mancha el buen nombre de los Pobres Caballeros de Cristo.
A la Orden se entra de Postulante, y se recibe una información que se divide en 7 partes, con su introducción vía correo electrónico. Aquí no hay exámenes, solo recibirás información y conocerás un poco lo que es la Caballería, los Caballeros y las Órdenes de Caballería, así como reflexiones en Valores morales y cristianos.
Una vez superado este paso previo, a los Postulantes se les evalúa con el conocimiento que se tiene de ellos y las aportaciones que realizan en la Academia, pasando si se les considera aptos y ellos así lo deciden también, a lo que se llama el Noviciado, siendo nombrado Escudero.
En el Noviciado se recibirá de la misma forma una formación, que consta de 14 unidades, de la historia del Temple hasta nuestros dias e igualmente en valores morales y cristianos. Una vez superado esta formación es cuando se nombra a una persona Sargento y es en este acto cuando se entra a formar parte de la Orden.
En el Sargentazgo recibirá también otra formación divida en 14 unidades, y una vez superada esta fase es cuando se nombra a los hermanos Dama o Caballero de capítulo de la Orden.
Los designados realizan un trabajo denominado TFS (Trabajo de Fin de Seminario), el cual una vez confeccionado y si recibe el apto, pasara a la denominada fase de voluntariado, que se realizará en la propia Orden o en organizaciones públicas de la Iglesia.
Una vez acabado este periodo de un año, el Caballero o Dama de Capitulo, una vez que confecciona el "Practicum", está preparado para ser Investido, momento por el cual se convierte en Caballero o Dama de Gracia de la Orden.
El periodo total mínimo para poder ser nombrado e investido Caballero o Dama es de al menos dos años, tiempo estipulado así en nuestra Reglas Adaptadas y Actualizadas a los tiempos Eclesiales y de vida de las Órdenes de hoy, de San Bernardo de Claraval. No obstante, a criterio del Maestre de la Orden, este plazo se puede alargar o acortar en base a la preparación previa del Postulante, siendo examinado cada caso en particular.
+ Artículo 13.- Requisitos.
Los requisitos esenciales y fundamentales, pero no suficientes para la recepción en
la Orden, son los siguientes:
1- Toda persona propuesta para la admisión en la Asociación deberá ser un miembro
de la Iglesia Católica.
2- El aspirante deberá ser persona de irreprochable conducta, honor e integridad.
3- El aspirante deberá formular una solicitud y el Gran Consejo resolverá, con el Visto
Bueno vinculante del Consiliario.
4- Amor y respeto por la Patria (Nación, País o lugar en el que se ha nacido o al que
se pertenece por vínculos afectivos, históricos o jurídicos) y sentido respeto por las
Leyes del Estado y de los deberes cívicos.
5- Podrán ser también admitidos, con los requisitos establecidos en estos Estatutos y
en el Derecho, otros fieles bautizados en una Comunidad que no se halle en plena
comunión con la Iglesia católica, quienes, no obstante, deberán expresar la
aceptación de las decisiones que sobre la Asociación adopten sus órganos de
gobierno y la Autoridad eclesiástica competente.
6- Presentar solicitud de Admisión, acompañando los siguientes documentos
(...)
En nuestro caso el Noviciado implica la experiencia intensa de la vida religiosa y
seglar Caballaresca de los Pobres de Cristo en la que los novicios, fieles a su vocación
y siguiendo a Cristo, comienzan a vivir para Él y al servicio de la Iglesia, aprendiendo,
teórica y prácticamente, todo aquello que les encamina a vivir con sinceridad y
autenticidad como hermanos Frailes de la Milicia de Cristo.
FINALIDAD
a. Afianzamiento de la vocación: discernimiento teórico y experimental, asimilando
el espíritu del seguimiento de Cristo en la práctica de los consejos evangélicos.
b. Profundizar en el conocimiento de la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo.
c. Conformar la mente y el corazón con nuestro carisma, estructura y misión.
d. Determinar la intención e idoneidad del Novicio para cuanto implica la vida
religiosa y militar de los Pobres Caballeros de Cristo.
e. Conseguir la preparación adecuada para ser Pobre Caballero de Cristo,
Caballero o Dama.
Los Templarios Católicos
Su sede principal (y el grueso de sus organizaciones) están en Italia. No me queda claro si tienen algún vínculo con la anterior.
En España están en Zaragoza y en Barcelona
Algunos de sus textos:
No hay nada por detrás, y todo al mismo tiempo. No hay poderes ocultos, francmasonerías más o menos desviados, potentados económicos o políticos, sectas extrañas dedicadas a ritos incluso más extraños. No hay solicitudes de bienes muebles o inmuebles pertenecientes al Antiguo Orden del Temple, o la voluntad de opresión contra los hermanos de las órdenes reconocidas de Malta y del Santo Sepulcro. En su lugar hay desinterés y la voluntad de llevar a cabo, junto con la Santa Iglesia Romana, un brillante camino de caballería cristiana y católica que conduce a Jesucristo, en el ejercicio de los valores eternos de nuestra tradición, inspirado por el ejemplo luminoso de los antiguos mártires de la Orden del Temple medieval. Existe la voluntad de pertenecer a un solo “grupo de poder”, que Cristo ha querido en la tierra: la comunión de los cristianos católicos, protegido por Nuestra Señora la Virgen María. Existe la voluntad de luchar con las armas de la oración y la acción caballeresca del sacrificio, todas las sectas, el satanismo, los operadores de mal, los vándalos de las propiedades de la iglesia, los explotadores de niños indefensos. Existe la voluntad de dar una colaboración efectiva en la vida cotidiana de los pastores de la Santa Romana Iglesia: sacerdotes, monjes, monjas, laicos consagrados, obispos y abades, cardenales y por encima de todo hay la voluntad de seguir nuestro Santo Padre Francisco. Existe el deseo de apoyar fraternalmente las actividades de las órdenes de caballería cristianas católicas, como la Soberana Orden Militar de Malta y la Orden del Santo Sepulcro de Jerusalén, unidos en el ideal cristiano y en las acciones de testimonio de la verdadera Caballería, basadas en la acción y el sacrificio individual y colectivo. Por último, existe el deseo de escapar de la atracción del dinero, que sólo se utiliza como una mera herramienta para recuperar, junto con el trabajo que prestamos de forma gratuita, las antiguas iglesias abandonadas o profanados por el Adversario. Y todo esto es directamente verificable, y ha sido verificado por cualquier persona, religiosa o secular, que desee comprobar personalmente el viaje espiritual que se conduce entre los Templarios Católicos de Italia. No hay nada por detrás, y todo al mismo tiempo.
Nos declaramos cristianos católicos apostólicos y apoyamos a la Santa Iglesia Romana. Reconocemos al Papa como guía supremo y, por lo tanto, sólo aceptamos a los católicos y a los que desean serlo.
Desgraciadamente, el nombre de «templario» se ha utilizado en la historia reciente para fines poco nobles o para novelas con poco interés histórico. Por ello, en aras de la transparencia y del testimonio público de la fe cristiana, todas nuestras acciones son públicas, verificables por los cardenales, obispos, abades y sacerdotes que nos conocen y apoyan nuestra labor, y atestiguadas por las numerosas fotografías en línea en la pagina web oficial, en la página de Facebook y en la cuenta de Twitter.
Puesto que estamos unilateral e indiscutiblemente del lado de la Iglesia de Roma y del Santo Padre, queremos señalar que la Iglesia nos acoge amorosamente y nos permite actuar libremente en muchas diócesis de Italia, como asociación privada de fieles (cánones 215, 216, 299 Código de Derecho Canónico).
Nuestra presencia en las diócesis italianas es expresión del derecho de los fieles a reunirse en asociación, derecho reconocido por el Concilio Vaticano II (cf. AA 19d, PO 9c) y por el Código de Derecho Canónico (cf. can. 215). Cuando los fines que se persiguen son los de la caridad y la piedad, o el incremento de la vocación cristiana en el mundo, los fieles tienen derecho a unirse con otros fieles y a actuar en el ámbito de la autonomía.
Somos una asociación privada de fieles establecida de acuerdo con los códigos 215, 216 y 299 del Código de Derecho Canónico. Nuestra realidad, inspirada en la antigua orden de los Pauperes Commilitones Christi Templique Salomonici, no pretende descender de ella y es, por tanto, una realidad diferente (esto se denota también por el hecho de que somos laicos y no monjes). Por lo tanto, no existe ningún vínculo con la antigua Orden de los Templarios (cualquier supuesto vínculo directo con la antigua Orden es ilegítimo y falso).
Además, el pergamino de Chinon encontrado en los archivos secretos del Vaticano en 2001 por la doctora Barbara Frale, que contiene las actas del proceso contra los templarios, demostró que en 1308 el papa Clemente V concedió la absolución sacramental al Gran Maestre Jacques de Molay y a los restantes templarios. El Papa les levantó la excomunión y la censura y finalmente los readmitió en la comunión de la Iglesia Católica.
[INTERESANTE LO QUE PONEN A CONTINUACIÓN]
El Papa Clemente V, para salvar a los inocentes caballeros, adoptó un «artificio» de derecho canónico, «suprimiendo la Orden administrativamente» y excomulgando ipso facto a quienes intentaran restaurarla. Esto significa que una nueva bula papal podría rehabilitarlo. Además, la excomunión indicada en la misma bula sólo fue confirmada por el siguiente papa (Juan XXII), pero no por los siguientes, por lo que ya no está activa (como es el caso de la masonería, que sigue excomulgada). Además, nos inspiramos en la Orden del siglo XVIII renacida en Francia, en forma laica y ya no monástica, diferente de la antigua. Para más detalles, consulte la página dedicada.
En este sentido, el siguiente es un extracto de la opinión / juicio de Mons. Guido Ottria, Vicario judicial de corte eclesiástica perteneciente a ECCLESIASTICAL región de Piedmont REGIONAL ECCLESIASTICAL En personal de la Corte de Piedmont de primera y segunda instancia
«Legitimidad de la Orden y su Denominación
Legitimidad y conformidad. Los Caballeros Templarios de la Soberana Orden Militar del Temple – Pobres Caballeros de Cristo y del Templo de Salomón (antigua definición) han sido readmitidos de facto en la comunión de los fieles cristianos católicos romanos, desde que la bula pontificia Vox in Excelso (emitida por el Papa Clemente V el 22 de marzo de 1312 y que excomulgaba a los Caballeros Templarios) fue eliminada del nuevo derecho canónico promulgado por el Papa Juan Pablo II el 25 de enero de 1983.
Además: «El Código de Derecho Canónico promulgado por el Papa Juan Pablo II el 25 de enero de 1983, en el canon 6, párrafo 1, nº 3, establece que cuando entre en vigor el nuevo Código, quedarán derogadas: «…leges poenales quaelibet, sive universales, sive particulares, a sede Apostolica latae, nisi in hoc ipso codice recipiantur» (…todas las leyes penales, tanto universales como particulares, promulgadas por la Sede Apostólica, si no se incorporan a este Código). El canon 58, párrafo 1, dice: «…un decreto singular cesa con el cese de la ley para cuya ejecución fue emitido». En cuanto a la excomunión impuesta a los Templarios por Clemente V, dada la forma en que el Papa la emitió, también se puede hacer referencia al canon 125, que declara nulo un acto jurídico puesto bajo coacción insuperable, y también al canon 126, que declara nulos los actos impuestos por ignorancia o error sobre la sustancia del acto. Por lo tanto, considero que la excomunión contra los Templarios es nula.
Alessandria, Sacre Ceneri 2008 (6 de febrero de 2008, n.d.r.).
En fe, Monseñor Guido Ottria
Vicario general de la Diócesis de Alejandría «.
...
La Sociedad de Estudios Medievales Templespaña, que se aleja de las anteriores que quieren simular ser una orden, pero con todo el espíritu de la mismas, el predominio de los valores católicos y el deseo de que sea restaurada la Orden. Es una organización seria que la investigación sobre el tema templario.
Monasterio de Nuestra Señora del Olivar, Estercuel, Teruel, 15/XII/2001
Apdo. de Correos nº 1.362
28.800 - ALCALÁ DE
HENARES, Madrid, España.
Es un lugar interesante para todo aquel que uiera imbuirse en el tema, compartir e investigar, pero tiene un costo anual (membresía) para su funcionamiento, aunque sea una organización sin fines de lucro.
Templespaña únicamente reconoce al movimiento neotemplario como un fenómeno social moderno sin mayor relevancia, carente de legitimidad histórica o eclesiástica alguna, en tanto la Iglesia Católica, de la que formó parte la Orden del Temple, expresamente ha manifestado que ésta, habiendo sido canónicamente suprimida por bula papal en el siglo XIV, dejó de existir en ese momento y jamás ha vuelto a ser restaurada. Por consiguiente, al ser Templespaña una sociedad de estudios históricos, comprometida por tanto con la veracidad y el rigor, no sólo no comparte las pretensiones legitimistas de ciertos grupos neotemplarios, sino que los considera meros usurpadores o imitadores que ni son monjes ni guerreros ni por supuesto herederos o continuadores de los caballeros templarios del medievo, por lo que desde Templespaña no se duda en denunciar públicamente las farsas de carácter espurio, sectario o cuyo único objetivo es el engaño con fines lucrativos.
No obstante lo dicho, Templespaña aboga decididamente por la rehabilitación histórica de la Orden del Temple e incluso por su restauración eclesiástica, teniendo en cuenta que, para que tal cosa se produjera, debería ser por la necesidad imperiosa de recuperar su genuino carisma monástico-militar, pues no entendemos que tenga sentido alguno restaurarla meramente como una entidad de carácter civil y honorífico. Por ello, consideramos que corresponde únicamente a la Iglesia Católica, como institución que creó y suprimió la Orden del Temple, promover su restauración, ya sea desde las instancias de los Institutos de Vida Consagrada o de las Sociedades de Vida Apostólica y, en último término, con la aprobación canónica del Papa.
Templespaña aún es una asociación joven, por lo que los servicios y prestaciones que ofrece se van paulatinamente implementando. No obstante, algunas de las ventajas de asociarse son:
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Obtención de una acreditación como miembro numerario que servirá para acceder a todos los servicios prestados por la asociación, así como a modo de «pasaporte» a efectos exclusivos de reconocimiento ante cualquier socio, delegaciones territoriales o federaciones internacionales que puedan establecerse en diferentes países.
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Recepción de documentación e información básica a través de las bases de datos de la asociación. Los miembros operativos, además de acceso a información y documentación más específica, podrán proponer sus proyectos, facilitándose en su caso, tras el estudio y aprobación por la Junta Directiva, los medios y la ayuda necesaria para llevar a cabo dichos proyectos.
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Posibilidad de relacionarse con personas de intereses afines, de emprender trabajos en equipo o intercambios de cualquier tipo, tanto de forma personal a través de las reuniones periódicas, como de forma virtual a través de foros de debate públicos y privados.
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La aplicación del ideal de servicio por todos los miembros de Templespaña en su vida privada, profesional y pública, promoviendo el conocimiento mutuo y la amistad.
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Utilización de las bibliotecas y archivos, tanto virtuales como en los centros en que se vayan estableciendo.
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Asesoramiento, custodia de documentos y consultoría en materia de investigación historiográfica, publicaciones y derechos de autor.
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Edición de trabajos que posibilite la obtención de acreditaciones oficiales de investigador para consulta en bibliotecas y archivos históricos y otros organismos oficiales.
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Cesión de algunos trabajos, tanto a estudiantes como a docentes, que puedan servir como materia de estudio y bibliografía de consulta.
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Expedición de credenciales, cartas de recomendación en materia de estudio e investigación, referencias curriculares, ayudas para la concesión de becas, etc., atendiendo a los expedientes personales del interesado.
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Promoción interna de los servicios profesionales y empresariales que desempeñen los miembros de Templespaña que así lo estimen, para seguridad y beneficio tanto de prestatarios como de prestadores. Para ello se estimulará la buena praxis como norma en los negocios y en las profesiones, el aprecio de toda ocupación útil y la dignificación de la misma en servicio de los compañeros y de la comunidad en general.
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Descuento o gratuidad, según el caso, en las publicaciones que se editen y en las actividades culturales que se organicen.
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Promociones y descuentos en servicios concertados con agencias de viajes, hoteles, albergues, restaurantes, museos, etc.
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Fomento interno ocupacional, profesional, de ocio, etc.
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Información a través de comunicados o boletines internos de todas las actividades y proyectos en curso o previstas de desarrollar.
En general, una de las cosas más importante que ha de tener presente quien decida asociarse, es que pasará a formar parte de una entidad seria y de reconocido prestigio en su ámbito de actuación, con espíritu y vocación de servicio, transparente en sus objetivos y gestiones, y conformada por un amplio equipo multidisciplinar de personas cuya meta es llegar a convertir a Templespaña en el referente nacional de la investigación historiográfica templaria, de la protección y defensa del patrimonio histórico-artístico medieval y templario en particular, y del fomento en la sociedad de los principios y valores que rigen la tradición templaria y caballeresca.
Finalmente... quedan los que se autoproclaman los herederos de los templarios y tienen muy altas aspiraciones
La Orden Soberana y Militar del Temple de Jerusalén - CMI tiene la cuenta: comunicacion@osmtj.org
Los requisitos actuales para ser templario son:
- Ser cristiano bautizado.
- Mayor de edad.
- Historial penal impoluto (certificado de penales).
- Compartir los valores fundacionales del Cristianismo, especialmente la defensa del débil, del oprimido, de la libertad y de la justicia.
- Profesar el Cristianismo y renunciar de forma expresa y escrita a todo género de masonería por ser contraria a aquél.
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