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jueves, 28 de diciembre de 2023

Templarios en España

    Bitácora del capitán ADvK... 

        Fecha estelar 20123.

   A raíz de estar buscando una historia seria de los Templarios, terminé topándome con una serie de artículos (algunos los he publicado) y consiguiendo algunas organizaciones "templarias" que operan en España. Me pareció interesante colocar una pequeña muestra de ellas.

   En España he encontrado cinco asociaciones "templarias" que me han llamado la atención (extraigo algunas partes de sus páginas para mostrarlas)

ORDO SUPREMUS MILITARIS TEMPLI HIEROSOLYMITANI resumido en Templarios de España

O.S.M.T.H. Espana

No confundir con la OSMTJ (al final del artículo)

Quienes somos

  • Somos una asociación benéfica sin ánimo de lucro.
  • Nuestros principios templarios como cristianos es la de ayuda a todo ser humano socialmente desplazado o con características físicas o psicológicas que produzcan su marginación de la vida social.
  • Fomentamos la cooperación para la restauración y conservación de los enclaves y monumentos históricos de nuestro país.
  • La expresión de solidaridad es la máxima que junto al respeto, educación, caballerosidad y las virtudes templarias forman parte de nuestros valores.

Comunicado

Non Nobis Domine, non Nobis, sed Nomini Tuo da Gloriam

 Comunicado del Preceptor para todo aquél que esté interesado en formar parte del Temple

 Como Preceptor me encantaría poder servirte de guía en el proceso de ingreso a la Orden, por lo que espero que te sean de utilidad las siguientes palabras.

 Es fácil y no necesariamente costoso ya que nosotros hablamos con hechos, no sólo con palabras. Para iniciar el proceso de ingreso y formación posterior se hace necesario cumplir con un mínimo de condiciones que son:

  • Ser cristiano bautizado.
  • Mayor de edad.
  • Certificado de Penales.
  • Compartir y defender los valores fundacionales del cristianismo, tales como la defensa del débil, del oprimido, de la libertad, de la justicia y la unidad indivisible de la Patria.
  • Profesar la doctrina cristiana.

 Una vez solicitada la afiliación, cumplimentados los documentos que te solicitaremos y aprobada por el Consejo Prioral, llegará el momento de la formación, estudio e interiorización de la real historia del Temple. Tambien habrá otros temas sumamente interesantes, que te llevarán al mismo portal del Templo. Para acceder al siguiente nivel, debes ganarte el derecho y eso, tan sólo se logra mediante méritos, los cuales se adquieren a través de la disciplina, trabajo, esfuerzo y acción social en favor de quien más lo necesita.

 Dependiendo de tu trabajo y servicio a los demás y a la Orden, llegará la invitación a ser investido y, si es que esto no llegara, es que no se están haciendo los méritos suficientes para formar parte de la Orden.

 No olvides que...

  • "La Orden elige a sus caballeros. No al revés".
  • "La Orden no se basa en la cantidad, sino en la calidad".
  • "A la Orden no se accede con dinero, se gana el derecho con méritos".
  • "La Orden, históricamente, se dedica a ayudar a quien nos necesita".
  • "Los Caballeros y Damas se construyen en el trabajo, aprendizaje, disciplina y orden".
  • "En la Orden no existen atajos, sino caminos, y solo por ellos se puede avanzar".

 Nosotros no vendemos diplomas, discursos ni ceremonias.

 Todo en la Orden se logra en base a los méritos, de modo que, si alguno ha pensado que el dinero tiene algo que ver aquí, está muy equivocado y creer que un manto blanco, una cruz al cuello… hace al Templario, también está equivocado.

 Otro punto importante es que la Orden, no tiene nada que ver con la masonería tradicional ni viene de ella y todo novicio ha de renunciar de forma expresa y escrita a todo género de masonería.
 Maneja su propio rito, denominado Rito Templario, y todo aquel que desee incorporarse a la Orden, debe entender ese aspecto y sujetarse a la regla como cualquier miembro; entendiendo que no hacemos distinción por sexo raza o condición.

 Cada grado permite acceder a determinados niveles de conocimiento, por lo que no será posible saber más de lo que al grado atañe, y la pertenencia, va de la mano de las obras. Si no hay obras, aunque tengas grado, puedes no ser considerado a ahondar en mayores secretos. Todo llega por añadidura y a su debido tiempo, no antes.

LA ORDEN Y LA IGLESIA CATÓLICA

La Orden en la actualidad es soberana; somos católicos y ecuménicos critianos, y para su ingreso se exige creer en Dios. El ateísmo no está permitido en la Orden. Tampoco está excomulgada, ni es excomulgado el miembro pertenece a la Orden.

 Un elemento que valoramos mucho en la Orden es el respeto y la honestidad de los miembros.
 Dentro de la Orden, no está permitido hacer apología de política ni trato de otros asuntos profanos.
 El respeto y la cortesía es de caballeros, y es la mejor forma de comenzar una fraternal amistad.

 Sin respeto, no hay contacto. En el pedir… antes está el dar. Recuérdalo.

 Quedo a tu disposición permanente.





 

Temple CatólicoOrden de los Pobres Caballeros de Cristo (OPCC)Asociación Privada de Fieles de la Iglesia Católica ASO 106





Calle Espliego, 12

+58 424-8845761

templarioscatolicos@gmail.com

pobrescaballerosdecristo.com

https://www.facebook.com/templecatolico/?view_public_for=1145782805448410

Tienen sedes en varios países

Algunos de sus textos:

        Al solicitar tu adhesión a nuestra Orden, entras a través de su “Academia Católica Internacional Pobres Caballeros de Cristo”,  instituto de formación  de nuestra Orden que es una Asociación Privada de Fieles de la Iglesia Católica.

Somos Pobres Caballeros de Cristo, Católicos, sin otra pretensión que emular a los antiguos "Pobres Caballeros de Cristo del Templo de Jerusalén" en sus virtudes cristianas enfocando estas en la ayuda a nuestro prójimo y al peregrino que busca en su caminar a Jesucristo.   

Somos Católicos, por tanto todas esas sectas y demás pseudo-ordenes que proliferan utilizando los símbolos de la Orden, no tienen nada que ver con nosotros, ya que NO somos ni esotéricos, ni brujos, ni masones, ni rosacruces, ni juanistas, ni martinistas, ni agnósticos... y un largo etc. que por desgracia abunda y mancha el buen nombre de los Pobres Caballeros  de Cristo. 

A la Orden se entra de Postulante, y se recibe una información que se divide en 7 partes, con su introducción vía correo electrónico.  Aquí no hay exámenes, solo recibirás información y conocerás un poco lo que es la Caballería, los Caballeros y las Órdenes de Caballería, así como reflexiones en Valores morales y cristianos.   

Una vez superado este paso previo, a los Postulantes se les evalúa con el conocimiento que se tiene de ellos y las aportaciones que realizan en la Academia, pasando si se les considera aptos y ellos así lo deciden también, a lo que se llama el Noviciado, siendo nombrado Escudero.

En el  Noviciado se recibirá de la misma forma una formación, que consta de 14 unidades, de la historia del Temple hasta nuestros dias e igualmente en valores morales y cristianos.  Una vez superado esta formación es cuando se nombra a una persona Sargento y es en este acto cuando se entra a formar parte de la Orden.

En el Sargentazgo recibirá  también  otra formación divida en 14  unidades,  y una vez superada esta fase es cuando se nombra a los hermanos Dama o Caballero de capítulo de la Orden.

Los designados realizan un trabajo denominado TFS (Trabajo de Fin de Seminario), el cual una vez confeccionado y si recibe el apto, pasara a la denominada fase de voluntariado, que se realizará en la propia Orden o en organizaciones públicas de la Iglesia.

Una vez acabado este periodo de un año, el Caballero o Dama de Capitulo, una vez que confecciona el "Practicum", está preparado para ser Investido, momento por el cual se convierte en Caballero o Dama de Gracia de la Orden.

El periodo total mínimo para poder ser nombrado e investido Caballero o Dama es de al menos dos años, tiempo estipulado así en nuestra Reglas Adaptadas y Actualizadas a los tiempos Eclesiales y de vida de las Órdenes de hoy, de San Bernardo de Claraval. No obstante, a criterio del Maestre de la Orden, este plazo se puede alargar o acortar en base a la preparación previa del Postulante, siendo examinado cada caso en particular.



+ Artículo 13.- Requisitos.

Los requisitos esenciales y fundamentales, pero no suficientes para la recepción en

la Orden, son los siguientes:

1- Toda persona propuesta para la admisión en la Asociación deberá ser un miembro

de la Iglesia Católica.

2- El aspirante deberá ser persona de irreprochable conducta, honor e integridad.

3- El aspirante deberá formular una solicitud y el Gran Consejo resolverá, con el Visto

Bueno vinculante del Consiliario.

4- Amor y respeto por la Patria (Nación, País o lugar en el que se ha nacido o al que

se pertenece por vínculos afectivos, históricos o jurídicos) y sentido respeto por las

Leyes del Estado y de los deberes cívicos.

5- Podrán ser también admitidos, con los requisitos establecidos en estos Estatutos y

en el Derecho, otros fieles bautizados en una Comunidad que no se halle en plena

comunión con la Iglesia católica, quienes, no obstante, deberán expresar la

aceptación de las decisiones que sobre la Asociación adopten sus órganos de

gobierno y la Autoridad eclesiástica competente.

6- Presentar solicitud de Admisión, acompañando los siguientes documentos

(...)

En nuestro caso el Noviciado implica la experiencia intensa de la vida religiosa y

seglar Caballaresca de los Pobres de Cristo en la que los novicios, fieles a su vocación

y siguiendo a Cristo, comienzan a vivir para Él y al servicio de la Iglesia, aprendiendo,

teórica y prácticamente, todo aquello que les encamina a vivir con sinceridad y

autenticidad como hermanos Frailes de la Milicia de Cristo.

FINALIDAD

a. Afianzamiento de la vocación: discernimiento teórico y experimental, asimilando

el espíritu del seguimiento de Cristo en la práctica de los consejos evangélicos.

b. Profundizar en el conocimiento de la Orden de los Pobres Caballeros de Cristo.

c. Conformar la mente y el corazón con nuestro carisma, estructura y misión.

d. Determinar la intención e idoneidad del Novicio para cuanto implica la vida

religiosa y militar de los Pobres Caballeros de Cristo.

e. Conseguir la preparación adecuada para ser Pobre Caballero de Cristo,

Caballero o Dama.



Los Templarios Católicos

Su sede principal (y el grueso de sus organizaciones) están en Italia. No me queda claro si tienen algún vínculo con la anterior.

En España están en Zaragoza y en Barcelona

Algunos de sus textos:

No hay nada por detrás, y todo al mismo tiempo. No hay poderes ocultos, francmasonerías más o menos desviados, potentados económicos o políticos, sectas extrañas dedicadas a ritos incluso más extraños. No hay solicitudes de bienes muebles o inmuebles pertenecientes al Antiguo Orden del Temple, o la voluntad de opresión contra los hermanos de las órdenes reconocidas de Malta y del Santo Sepulcro. En su lugar hay desinterés y la voluntad de llevar a cabo, junto con la Santa Iglesia Romana, un brillante camino de caballería cristiana y católica que conduce a Jesucristo, en el ejercicio de los valores eternos de nuestra tradición, inspirado por el ejemplo luminoso de los antiguos mártires de la Orden del Temple medieval. Existe la voluntad de pertenecer a un solo “grupo de poder”, que Cristo ha querido en la tierra: la comunión de los cristianos católicos, protegido por Nuestra Señora la Virgen María. Existe la voluntad de luchar con las armas de la oración y la acción caballeresca del sacrificio, todas las sectas, el satanismo, los operadores de mal, los vándalos de las propiedades de la iglesia, los explotadores de niños indefensos. Existe la voluntad de dar una colaboración efectiva en la vida cotidiana de los pastores de la Santa Romana Iglesia: sacerdotes, monjes, monjas, laicos consagrados, obispos y abades, cardenales y por encima de todo hay la voluntad de seguir nuestro Santo Padre Francisco. Existe el deseo de apoyar fraternalmente las actividades de las órdenes de caballería cristianas católicas, como la Soberana Orden Militar de Malta y la Orden del Santo Sepulcro de Jerusalén, unidos en el ideal cristiano y en las acciones de testimonio de la verdadera Caballería, basadas en la acción y el sacrificio individual y colectivo. Por último, existe el deseo de escapar de la atracción del dinero, que sólo se utiliza como una mera herramienta para recuperar, junto con el trabajo que prestamos de forma gratuita, las antiguas iglesias abandonadas o profanados por el Adversario. Y todo esto es directamente verificable, y ha sido verificado por cualquier persona, religiosa o secular, que desee comprobar personalmente el viaje espiritual que se conduce entre los Templarios Católicos de Italia.  No hay nada por detrás, y todo al mismo tiempo.

Nos declaramos cristianos católicos apostólicos y apoyamos a la Santa Iglesia Romana. Reconocemos al Papa como guía supremo y, por lo tanto, sólo aceptamos a los católicos y a los que desean serlo.

Desgraciadamente, el nombre de «templario» se ha utilizado en la historia reciente para fines poco nobles o para novelas con poco interés histórico. Por ello, en aras de la transparencia y del testimonio público de la fe cristiana, todas nuestras acciones son públicas, verificables por los cardenales, obispos, abades y sacerdotes que nos conocen y apoyan nuestra labor, y atestiguadas por las numerosas fotografías en línea en la pagina web oficial, en la página de Facebook y en la cuenta de Twitter.

Puesto que estamos unilateral e indiscutiblemente del lado de la Iglesia de Roma y del Santo Padre, queremos señalar que la Iglesia nos acoge amorosamente y nos permite actuar libremente en muchas diócesis de Italia, como asociación privada de fieles (cánones 215, 216, 299 Código de Derecho Canónico).

Nuestra presencia en las diócesis italianas es expresión del derecho de los fieles a reunirse en asociación, derecho reconocido por el Concilio Vaticano II (cf. AA 19d, PO 9c) y por el Código de Derecho Canónico (cf. can. 215). Cuando los fines que se persiguen son los de la caridad y la piedad, o el incremento de la vocación cristiana en el mundo, los fieles tienen derecho a unirse con otros fieles y a actuar en el ámbito de la autonomía.

Somos una asociación privada de fieles establecida de acuerdo con los códigos 215, 216 y 299 del Código de Derecho Canónico. Nuestra realidad, inspirada en la antigua orden de los Pauperes Commilitones Christi Templique Salomonici, no pretende descender de ella y es, por tanto, una realidad diferente (esto se denota también por el hecho de que somos laicos y no monjes). Por lo tanto, no existe ningún vínculo con la antigua Orden de los Templarios (cualquier supuesto vínculo directo con la antigua Orden es ilegítimo y falso).

Además, el pergamino de Chinon encontrado en los archivos secretos del Vaticano en 2001 por la doctora Barbara Frale, que contiene las actas del proceso contra los templarios, demostró que en 1308 el papa Clemente V concedió la absolución sacramental al Gran Maestre Jacques de Molay y a los restantes templarios. El Papa les levantó la excomunión y la censura y finalmente los readmitió en la comunión de la Iglesia Católica.

[INTERESANTE LO QUE PONEN A CONTINUACIÓN]

El Papa Clemente V, para salvar a los inocentes caballeros, adoptó un «artificio» de derecho canónico, «suprimiendo la Orden administrativamente» y excomulgando ipso facto a quienes intentaran restaurarla. Esto significa que una nueva bula papal podría rehabilitarlo. Además, la excomunión indicada en la misma bula sólo fue confirmada por el siguiente papa (Juan XXII), pero no por los siguientes, por lo que ya no está activa (como es el caso de la masonería, que sigue excomulgada). Además, nos inspiramos en la Orden del siglo XVIII renacida en Francia, en forma laica y ya no monástica,  diferente de la antigua. Para más detalles, consulte la página dedicada.

En este sentido, el siguiente es un extracto de la opinión / juicio de Mons. Guido Ottria, Vicario judicial de corte eclesiástica perteneciente a ECCLESIASTICAL región de Piedmont REGIONAL ECCLESIASTICAL En personal de la Corte de Piedmont de primera y segunda instancia

«Legitimidad de la Orden y su Denominación

Legitimidad y conformidad. Los Caballeros Templarios de la Soberana Orden Militar del Temple – Pobres Caballeros de Cristo y del Templo de Salomón (antigua definición) han sido readmitidos de facto en la comunión de los fieles cristianos católicos romanos, desde que la bula pontificia Vox in Excelso (emitida por el Papa Clemente V el 22 de marzo de 1312 y que excomulgaba a los Caballeros Templarios) fue eliminada del nuevo derecho canónico promulgado por el Papa Juan Pablo II el 25 de enero de 1983.

Además: «El Código de Derecho Canónico promulgado por el Papa Juan Pablo II el 25 de enero de 1983, en el canon 6, párrafo 1, nº 3, establece que cuando entre en vigor el nuevo Código, quedarán derogadas: «…leges poenales quaelibet, sive universales, sive particulares, a sede Apostolica latae, nisi in hoc ipso codice recipiantur» (…todas las leyes penales, tanto universales como particulares, promulgadas por la Sede Apostólica, si no se incorporan a este Código). El canon 58, párrafo 1, dice: «…un decreto singular cesa con el cese de la ley para cuya ejecución fue emitido». En cuanto a la excomunión impuesta a los Templarios por Clemente V, dada la forma en que el Papa la emitió, también se puede hacer referencia al canon 125, que declara nulo un acto jurídico puesto bajo coacción insuperable, y también al canon 126, que declara nulos los actos impuestos por ignorancia o error sobre la sustancia del acto. Por lo tanto, considero que la excomunión contra los Templarios es nula.

Alessandria, Sacre Ceneri 2008 (6 de febrero de 2008, n.d.r.).

En  fe, Monseñor Guido Ottria

Vicario general de la Diócesis de Alejandría «.

...


La Sociedad de Estudios Medievales Templespaña, que se aleja de las anteriores que quieren simular ser una orden, pero con todo el espíritu de la mismas, el predominio de los valores católicos y el deseo de que sea restaurada la Orden. Es una organización seria que la investigación sobre el tema templario.

Monasterio de Nuestra Señora del Olivar, Estercuel, Teruel, 15/XII/2001

templespana@templespana.org

Apdo. de Correos nº 1.362
28.800 - ALCALÁ DE HENARES, Madrid, España. 

Es un lugar interesante para todo aquel que uiera imbuirse en el tema, compartir e investigar, pero tiene un costo anual (membresía) para su funcionamiento, aunque sea una organización sin fines de lucro.

Templespaña únicamente reconoce al movimiento neotemplario como un fenómeno social moderno sin mayor relevancia, carente de legitimidad histórica o eclesiástica alguna, en tanto la Iglesia Católica, de la que formó parte la Orden del Temple, expresamente ha manifestado que ésta, habiendo sido canónicamente suprimida por bula papal en el siglo XIV, dejó de existir en ese momento y jamás ha vuelto a ser restaurada. Por consiguiente, al ser Templespaña una sociedad de estudios históricos, comprometida por tanto con la veracidad y el rigor, no sólo no comparte las pretensiones legitimistas de ciertos grupos neotemplarios, sino que los considera meros usurpadores o imitadores que ni son monjes ni guerreros ni por supuesto herederos o continuadores de los caballeros templarios del medievo, por lo que desde Templespaña no se duda en denunciar públicamente las farsas de carácter espurio, sectario o cuyo único objetivo es el engaño con fines lucrativos.

No obstante lo dicho, Templespaña aboga decididamente por la rehabilitación histórica de la Orden del Temple e incluso por su restauración eclesiástica, teniendo en cuenta que, para que tal cosa se produjera, debería ser por la necesidad imperiosa de recuperar su genuino carisma monástico-militar, pues no entendemos que tenga sentido alguno restaurarla meramente como una entidad de carácter civil y honorífico. Por ello, consideramos que corresponde únicamente a la Iglesia Católica, como institución que creó y suprimió la Orden del Temple, promover su restauración, ya sea desde las instancias de los Institutos de Vida Consagrada o de las Sociedades de Vida Apostólica y, en último término, con la aprobación canónica del Papa.   

Templespaña aún es una asociación joven, por lo que los servicios y prestaciones que ofrece se van paulatinamente implementando. No obstante, algunas de las ventajas de asociarse son:

  • Obtención de una acreditación como miembro numerario que servirá para acceder a todos los servicios prestados por la asociación, así como a modo de «pasaporte» a efectos exclusivos de reconocimiento ante cualquier socio, delegaciones territoriales o federaciones internacionales que puedan establecerse en diferentes países.

  • Recepción de documentación e información básica a través de las bases de datos de la asociación. Los miembros operativos, además de acceso a información y documentación más específica, podrán proponer sus proyectos, facilitándose en su caso, tras el estudio y aprobación por la Junta Directiva, los medios y la ayuda necesaria para llevar a cabo dichos proyectos.

  • Posibilidad de relacionarse con personas de intereses afines, de emprender trabajos en equipo o intercambios de cualquier tipo, tanto de forma personal a través de las reuniones periódicas, como de forma virtual a través de foros de debate públicos y privados.

  • La aplicación del ideal de servicio por todos los miembros de Templespaña en su vida privada, profesional y pública, promoviendo el conocimiento mutuo y la amistad.

  • Utilización de las bibliotecas y archivos, tanto virtuales como en los centros en que se vayan estableciendo.

  • Asesoramiento, custodia de documentos y consultoría en materia de investigación historiográfica, publicaciones y derechos de autor.

  • Edición de trabajos que posibilite la obtención de acreditaciones oficiales de investigador para consulta en bibliotecas y archivos históricos y otros organismos oficiales.

  • Cesión de algunos trabajos, tanto a estudiantes como a docentes, que puedan servir como materia de estudio y bibliografía de consulta.

  • Expedición de credenciales, cartas de recomendación en materia de estudio e investigación, referencias curriculares, ayudas para la concesión de becas, etc., atendiendo a los expedientes personales del interesado.

  • Promoción interna de los servicios profesionales y empresariales que desempeñen los miembros de Templespaña que así lo estimen, para seguridad y beneficio tanto de prestatarios como de prestadores. Para ello se estimulará la buena praxis como norma en los negocios y en las profesiones, el aprecio de toda ocupación útil y la dignificación de la misma en servicio de los compañeros y de la comunidad en general.

  • Descuento o gratuidad, según el caso, en las publicaciones que se editen y en las actividades culturales que se organicen.

  • Promociones y descuentos en servicios concertados con agencias de viajes, hoteles, albergues, restaurantes, museos, etc.

  • Fomento interno ocupacional, profesional, de ocio, etc.

  • Información a través de comunicados o boletines internos de todas las actividades y proyectos en curso o previstas de desarrollar.

En general, una de las cosas más importante que ha de tener presente quien decida asociarse, es que pasará a formar parte de una entidad seria y de reconocido prestigio en su ámbito de actuación, con espíritu y vocación de servicio, transparente en sus objetivos y gestiones, y conformada por un amplio equipo multidisciplinar de personas cuya meta es llegar a convertir a Templespaña en el referente nacional de la investigación historiográfica templaria, de la protección y defensa del patrimonio histórico-artístico medieval y templario en particular, y del fomento en la sociedad de los principios y valores que rigen la tradición templaria y caballeresca.   


Finalmente... quedan los que se autoproclaman los herederos de los templarios y tienen muy altas aspiraciones


La Orden Soberana y Militar del Temple de Jerusalén - CMI tiene la cuenta: comunicacion@osmtj.org

Los requisitos actuales para ser templario son:

  1. Ser cristiano bautizado.
  2. Mayor de edad.
  3. Historial penal impoluto (certificado de penales).
  4. Compartir los valores fundacionales del Cristianismo, especialmente la defensa del débil, del oprimido, de la libertad y de la justicia.
  5. Profesar el Cristianismo y renunciar de forma expresa y escrita a todo género de masonería por ser contraria a aquél.






¿Hay alguna orden de Templarios reconocida por la Iglesia?

 Bitácora del capitán ADvK... 

        Fecha estelar 20123.

  Este artículo es una copia del original y que comparto por su interesante contenido, consultado el 28/12/2023 del autor Luis Santamaría y publicado en Aleteia el 4/9/2017.

   Si vas a citar el artículo, hazlo de la fuente original.

Fuente: https://es.aleteia.org/2017/09/04/hay-alguna-orden-de-templarios-reconocida-por-la-iglesia/

¿Hay alguna orden de Templarios reconocida por la Iglesia?

Templar cross

argus

Luis Santamaría - publicado el 04/09/17

Las supuestas órdenes contemporáneas del Temple, entre la parafernalia y la masonería

Hay multitud de grupos y asociaciones que dicen ser herederos de los Templarios. Algunos de ellos pretenden –y a veces lo consiguen– celebrar alguna Misa o tener en una iglesia sus ceremonias de investidura, entre otros actos. ¿Qué hay bajo las capas blancas con cruces patadas rojas?

Un mapa de lo más variado

En primer lugar, nos encontramos con grupos que tienen toda la apariencia de ser órdenes nobiliarias. En España, por ejemplo, se encuentra la Orden Soberana y Militar del Temple de Jerusalén (OSMTJ), fundada en los años 80. Tiene todo un organigrama con maestres y priores, celebra actos de investidura y juramento… y hasta forma parte de la denominada Alianza Federativa Internacional Templaria. Según los expertos, se trata de una “orden ilegítima” que, por supuesto, no tiene nada que ver con la Orden del Temple original, disuelta en el siglo XIV.

Otro ejemplo semejante es el de la Soberana Orden Monástico Militar de los Caballeros Templarios Gran Priorato de Sicilia Federico II de Sicilia, cuyos miembros son conocidos como “Templarios Federicianos”. Lo mismo que en el caso anterior, han constituido una plataforma más allá de su país de origen (Italia), creando la Asamblea Internacional Templaria.

La lista completa sería interminable. Coinciden todos estos grupos en la organización de actos con la indumentaria propia de los caballeros templarios (o damas templarias, en los casos en los que se ha integrado a la mujer), en la reclamación que hacen de ser los verdaderos sucesores del Temple originario… y hasta en su insistencia, a veces, en ser reconocidos por el Vaticano, dirigiéndose a los Papas para solicitar su restauración (al final de este artículo veremos cuál es la respuesta permanente de la Santa Sede).

Otros grupos autodenominados templarios son más modestos en sus pretensiones y en su ámbito de acción. Fundados por personas aficionadas a lo medieval y a lo misterioso, en muchas ocasiones sirven para mezclar lo estético, las ínfulas de nobleza y una cierta actividad más allá de sus ceremonias, ya sea social (beneficencia), ya sea cultural. A veces incluso pueden tener motivaciones religiosas (católicas). Suelen ser grupos que no presentan mayores riesgos que la fantasía o, si la cosa deriva así, una espiritualidad sincretista de tipo New Age.

Y conectando precisamente con esto último nos topamos con un tercer tipo de grupos templarios que, con más o menos ambigüedad en su presentación pública, no son otra cosa que grupos esotéricos, rosacruces y hasta directamente masónicos. La masonería ha querido hacerse, en gran medida, sucesora natural de la Orden del Temple, que habría custodiado y transmitido el saber oculto procedente del Templo de Salomón. Así que el relato caballeresco se convierte en una tradición legitimadora muy querida para “los hijos de la viuda” (hermanos masones).

Un ejemplo de esta ambigüedad que busca la confusión es el de la “Orden Ecuestre del Santo Sepulcro de Jerusalén. Estricta Observancia Templaria”, que utiliza de forma ilegítima el nombre de una orden de caballería reconocida por la Santa Sede (como veremos más adelante) y lo mezcla con el elemento templario.

Con motivo del centenario de la muerte del último maestre del Temple, en el año 2014 representantes de este movimiento intentaron organizar Misas en algunas diócesis de España. Cuando las diócesis investigaron, descubrieron que se trataba de una orden iniciática, cuyo líder actual se refería a sus miembros como “los francmasones de la Estricta Observancia” y afirmaba sin tapujos que es “una Orden masónica y caballeresca a la vez”.

Y como este grupo, otros muchos se aferran a la terminología o simbología templaria para constituir movimientos esotéricos que se apartan totalmente de lo que fue la Orden del Temple y, sin lugar a dudas, de lo que es el cristianismo. El neotemplarismo, alentado por la masonería y diversas corrientes del ocultismo moderno y contemporáneo, no tiene nada que ver con los templarios medievales.

También hay que recordar que una de las sectas más conocidas a finales del siglo XX fue la Orden del Templo Solar, centro de la actualidad en la década de los 90 porque protagonizó dos episodios de suicidios colectivos, en Francia y en Suiza, además de otros sucesos.

No hay continuidad histórica

Tal como recoge en un artículo Miguel Pastorino, Massimo Introvigne afirma que “a comienzos del siglo XV –como muy tarde– los Templarios habían desaparecido por completo”, y “la idea de que los Templarios, oficialmente suprimidos, habrían proseguido clandestinamente su actividad hasta el siglo XVIII, se difunde sobre todo entre la masonería francesa y alemana”. Y así, concluye Pastorino, queda claro que “no hay conexión histórica alguna entre los Caballeros Templarios y el esoterismo moderno”.

Es sabido que en 1312 el papa Clemente V suprimió la Orden del Temple, en un episodio histórico controvertido que concluyó, finalmente, con la ejecución en la hoguera del último maestre de la Orden, Jacques de Molay, en 1314. En este momento terminó la historia de los templarios.

Además, en la bula Vox in excelso (1312), el pontífice no sólo disolvió la organización de los monjes soldados, sino que dejó claro lo siguiente: “prohibimos enteramente Nos que nadie, en lo sucesivo, entre en la Orden o reciba o use su hábito o presuma de comportarse como un templario. Si alguien actuare en este sentido, incurre automáticamente en excomunión”.

El vacío que dejaron los templarios lo llenaron otras órdenes similares, que ejercieron algunas de sus funciones o que ocuparon sus lugares para seguir ejerciendo una labor defensiva, caritativa y eclesial. En las tierras hispanas, por ejemplo, en la Corona de Castilla cobraron protagonismo las órdenes –ya existentes anteriormente– de Calatrava, Santiago y Alcántara, y la Corona de Aragón creó la de Montesa tras la supresión del Temple.

Lo que ha dicho la Iglesia

En 2012 la Secretaría de Estado del Vaticano publicó un breve documento puntualizando algunas cosas sobre las “órdenes ecuestres” o de caballería en relación con la Iglesia Católica. Y no era la primera vez que tenía que hacer un comunicado sobre este tema, lo que nos da una idea de los problemas que se generan en torno a lo “caballeresco” y, concretamente, con muchos grupos que aseguran representar al Temple con un sentido eclesial.

En este documento se dice claramente que además de las órdenes propias, “la Santa Sede reconoce y tutela solamente a la Soberana Orden Militar de Malta […] y a la Orden de Caballería del Santo Sepulcro de Jerusalén, y no tiene intención de hacer innovaciones en este sentido”. Es decir, que fuera de las órdenes erigidas por la propia autoridad papal, sólo hay dos reconocidas oficialmente por la Iglesia a nivel universal: la Orden de Malta y la del Santo Sepulcro.

También es importante esa aclaración de que “no tiene intención de hacer innovaciones”, ya que algunos grupos aseguran estar en proceso de reconocimiento, en diálogo con la Santa Sede… pues nada de nada. Una cosa es conseguir la foto, vestidos con capa y espada, con un cardenal o con un obispo, y otra cosa es que haya un aval eclesiástico serio.

Por ello, la notificación continúa diciendo que “todas las otras Órdenes –sean de nueva institución o derivadas de las medievales– no son reconocidas por la Santa Sede, no pudiendo la misma hacerse garante de su legitimidad histórica y jurídica, de sus finalidades y de sus sistemas organizativos”.

Y termina con algunas indicaciones concretas: “para evitar equívocos desgraciadamente posibles, también a causa de la expedición ilícita de documentos y del uso indebido de lugares sagrados, y para impedir que se sucedan abusos que después resultan dañinos para muchas personas de buena fe, la Santa Sede confirma que no atribuye ningún valor a los diplomas de caballería y a las correspondientes insignias que sean expedidas por asociaciones no reconocidas, y no considera apropiado el uso de las iglesias y capillas para las llamadas ‘ceremonias de investidura’”.

Queda claro, entonces, que por parte de los pastores de la Iglesia, tanto obispos como sacerdotes, no deben cederse los templos ni entrar en el juego de la parafernalia templaria, por muy buenas intenciones u obras de caridad que traigan por delante estos grupos que, como hemos visto, son de lo más variopinto. De lo contrario, habrá una complicidad directa en la ceremonia de la confusión. Y a río revuelto…